Nuestra oficina de Unidos Legales en Canoga Park recibe muchas llamadas de victimas para consultas sobre accidentes de colisión automovilísticos que resultan de una persecución policial.  En los casos típicos, lo que sucede es que hay un conductor que es sospechado ser un criminal y la policía lo esta siguiendo.  Durante la persecución, el conductor sospechoso maneja aturdidamente y causa accidentes de colisión.  Las victimas resultan con lesiones personales graves, daños a su propiedad, y muchos gastos monetarios.  Para empeorar las cosas, las victimas luego se dan cuenta que el departamento de policías es inmune a las responsabilidades que resultan de la persecución, y como resultado, las victimas tienen que cubrir esos gastos por sí mismo. 

La inmunidad que protege el departamento de policías emerge del Código de Vehículos de California Sección 17004.7, y proporciona que las agencias publicas que emplean oficiales de paz son inmunes a los daños que resultan de una persecución, pero solamente si la agencia: (1) adopta y promulga una política escrita sobre persecuciones vehiculares; y (2) proporciona entrenamiento regularmente sobre una base anual.  Veh. Code, § 17004.7(b)(1).  Adicionalmente, como parte de la política promulgada, la agencia publica esta obligada a certificar por escrito que todos los oficiales de paz en la agencia han recibido, leído, y comprenden la política sobre persecuciones vehiculares para poder recibir inmunidad.  Veh. Code, § 17004.7(b)(2). 

El Caso de Ramirez v. la Ciudad de Gardena

En los casos más serios, es posible que un abogado ataque estas guías de perseguimiento para tratar de hacer que el departamento de policías se haga responsable por los daños sufridos por la victima.  Por ejemplo, en el caso de Ramirez v. Ciudad de Gardena, 2018.  En este caso recientemente publicado por la Corte Suprema de California en cual una victima falleció durante una persecución policiaca, el departamento de policías uso la Técnica de Intervención de Persecución (“TIP”) para poner un fin a la persecución.  Ramirez v. City of Gardena (2018) 5 Cal.5th 995.  El demandante argumentó que el departamento no estaba inmune a las responsabilidades por que no podían proveer certificación por escrito que cada oficial recibió, leyó, y comprendió la política de persecución.  (Id.) 

En al caso de Ramirez, la Ciudad demostró que el departamento de policías tenia una política escrita de persecución cual formaba parte de el manual de entrenamiento para los oficiales. Ramirez (2018) 5 Cal.5th 995. También demostraron que los oficiales recibían entrenamiento de la política de persecución anualmente, y como parte del entrenamiento, los oficiales estaban requeridos a someter certificación electrónica que habían recibido, leído, y comprendido la política de persecución.  (Id.)  La Ciudad proveo un registro de entrenamiento en cual 92 de los oficiales del departamento de policías, incluyendo los oficiales cuales participaron en el accidente, cumplieron el entrenamiento dentro de un año después del accidente.  Otros 64 oficiales sometieron certificación escrita por mano que también habían completado el entrenamiento.  Pero, evidentemente, esta evidencia fue extraviada.  (Id.)

El demandante implemento una demanda contra la Ciudad por muerte injusta de la victima y argumento que no había inmunidad porque la Ciudad no pudo demonstrar que habían cumplido con los requerimientos de la Sección 17004.7.  Infortunadamente, el Tribunal de Primera Instancia y el Tribunal de Apelaciones acepto la solicitud de juicio sumario para la Ciudad sobre el tema de inmunidad.  Ramirez (2018) 5 Cal.5th 995.  El demandante sometió una petición de revisión a la Corte Suprema de California, y la petición fue aceptada.  El asunto presentado en la Corte Suprema fue: Si la inmunidad suministrada por Sección 17004.7 del Código de Vehículos de California esta disponible para las agencias publicas solamente si todos los oficiales de paz en la agencia certifican por escrito que han recibido, leído, y entendido la política de persecución? 

El Código de Vehículos de California Sección 17004.7

Según subdivisión (b)(1) de la Sección 17004.7, una agencia publica cual emplea oficiales de la paz y que adopta y promulga una política por escrito sobre persecuciones vehiculares que cumplen con subdivisión (c) y (d) de esta sección, y proporciona regularmente y periódicamente entrenamiento anual, son inmunes de responsabilidad por daños civiles de lesiones personales, o por la muerte de una persona, o por daños a la propiedad que resultan por la colisión de un vehículo siendo operado por un violador de la ley o un sospechoso quien esta siendo, ha estado, o cree que esta siendo, o estaba siendo, perseguido por un vehículo motorizado de un oficial de la paz empleado por una agencia publica.  

Bajo la subdivisión (b)(2) de la Sección 17004.7, proporciona que la promulgación de la política escrita requerida bajo subdivisión (b)(1) incluirá, pero no se limita, a un requerimiento que todos los oficiales de la paz empleados por una agencia publica que certifiquen por escrito que han recibido, leído, y comprendido la política de persecución.  Pero, la falla de un oficial por no firmar la certificación no se usará para imponer responsabilidad a un oficial o a la agencia publica. 

El Tribunal se preocupo que si el estatuto se interpreta en una manera muy técnica abriría las puertas de responsabilidad a las agencias publicas, aunque la agencia ha cumplido sustancialmente con los requeridos de la Sección 17004.7.  Ramirez (2018) 5 Cal.5th 995.  El Tribunal rechazó el argumento de el demandante que la agencia publica tiene que demonstrar que todos sus oficiales de paz empleados tienen que firmar la certificación de entrenamiento para poder respaldarse en la inmunidad de la Sección 17004.7.  (Id.)  El Tribunal explico que, si se adoptara la interpretación sugerida por el demandante, el resultado sería uno absurdo porque una agencia publica que emplea miles de oficiales, y que cumple sustancialmente con los requeridos de la certificación, no podrá respaldarse en la inmunidad de la Sección 17004.7, simplemente porque uno de sus oficiales no firmo la declaración.  

La interpretación sugerida por el demandante, explico el Tribunal, no es deseable porque una agencia publica puede hacer todo en su poder para implementar los requeridos de Sección 17004.7 y mantener una política de persecución con entrenamiento anual pero todavía tener responsabilidad si solo uno de sus oficiales negligentemente falla de firmar la certificación.  Ramirez (2018) 5 Cal.5th 995.  Es más, explico el Tribunal, la prometa de inmunidad era una de las incentivas mayores para las agencias publica para adoptar una política de persecución y proveer entrenamiento a sus oficiales.  (Id.)  Simplemente, la interpretación sugerida por el demandante haría muy difícil que una agencia publica como la Ciudad que logre obtener inmunidad de responsabilidad, y seria casi imposible para una agencia que emplea miles de agentes.  La Legislatura probablemente no pretendía que el resultado de el estatuto sería que las agencias no tendrían un incentivo para adoptar una política de persecuciones y entrenar a sus oficiales sobre el tema.  (Id.)

El Tribunal concluyo que, por las razones mencionadas, una agencia publica que mantiene una política de persecuciones debe obtener certificación escrita que todos sus oficiales han recibido, leído, y comprendido la política, pero no es necesario que la agencia demostré 100 porciento cumplimiento con ese requerimiento para poder recibir inmunidad de la Sección 17004.7. 

Si usted ha sido lastimado en un accidente que resulto de una persecución policíaca cual usted sospecha fue conducida fuera de una política de persecución aceptable, es muy importante que encuentre un abogado de lesiones personales con experiencia y conocimiento en este tipo de casos.  Nuestro equipo en Unidos Legales de Canoga Park entiende que este tipo de accidentes puede ser muy complicado para nuestros clientes, ¡pero le podemos ayudar a entender sus opciones!